Una vez la demanda de monitorio sea admitida a trámite, se notificará al deudor que tiene un plazo de 20 días para pagar u oponerse. Si tu deudor paga, “A” cobra directamente. Si no te paga, seguirá el Proceso Monitorio hasta la resolución final o, en caso de eventual oposición presentada por el deudor “B” se interpondrá Demanda de Juicio Verbal. Con sentencia a favor, nos encargamos de ejecutar la resolución judicial solicitando al juzgado el embargo de bienes (lo que se denomina: ejecución forzosa).
“A” y “B” son acreedor y deudora. “A” suministro mercancías a “B” por valor de 2.000 euros tal como consta en el albarán de entrega y la factura de fecha 30.01.2020. “A” interpone una demanda contra “B” por impago
